AGRUPACIÓN ESPAÑOLA O FEDERACIÓN ESPAÑOLA
SITUACIÓN ACTUALEn 2007, tras haberse conseguido el reconocimiento del Baile Deportivo como Modalidad Deportiva por parte del Consejo Superior de Deportes, se iniciaron los trámites para la creación de la Agrupación Española de Baile Deportivo.
¿Por que se decide tomar la vía de Agrupación y no de Federación?. Aconsejados por el propio CSD, básicamente por el propio contenido en condicionantes descritos en este Real Decreto:
Real Decreto 1835/1991, de 20 de diciembre, sobre Federaciones Deportivas Españolas y Registro de Asociaciones Deportivas.
CAPÍTULO II.CONSTITUCIÓN DE LAS FEDERACIONES DEPORTIVAS ESPAÑOLAS
SECCIÓN I. CREACIÓN Y CONSTITUCIÓN.
2. La creación y constitución de una Federación deportiva española requerirá que los promotores constituidos en junta gestora presenten la siguiente documentación.
a. Otorgamiento ante Notario del acta fundacional, suscrita por los promotores, que deberán ser, como mínimo, 65 clubes deportivos, radicados por lo menos, en seis Comunidades Autónomas, o por nueve Federaciones de ámbito autonómico.
DISPOSICIÓN ADICIONAL PRIMERA.
1. Se podrán reconocer agrupaciones de clubes de ámbito estatal con el exclusivo objeto de desarrollar actuaciones deportivas en aquellas modalidades y actividades no contempladas por las Federaciones deportivas españolas. Sólo podrá reconocerse una agrupación por cada modalidad deportiva no contemplada por dichas Federaciones
2. La constitución de tales agrupaciones estará supeditada a la existencia previa de una modalidad deportiva, y requerirá el cumplimiento de las siguientes condiciones:
a. Otorgamiento ante notario de acta fundacional suscrita por los promotores, que deberán ser, como mínimo, 15 clubes deportivos, radicados al menos en tres Comunidades Autónomas, o tres Federaciones autonómicas.
En ese momento la situación de la creación de Clubes Deportivos en España era la siguiente:
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Cataluña, en la que ya estaba constituida la UCBEC con Clubes Deportivos.
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Valencia, constituida la ABDCV, con Grups d’Esplai, que a efectos de las Instituciones Deportivas Valencianas tenían la misma consideración que los Clubes pero que desconocíamos si serían aceptados por el CSD.
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Madrid, con Clubes Deportivos Elementales en pleno proceso de transformación a Clubes Deportivos Básicos.
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Castilla La Mancha, en proceso de discusión para la aceptación de la creación de un Club Deportivo tras diferentes negociaciones.
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Baleares, con Seccciones de Baile Deportivo en Clubes de otras modalidades Deportivas.
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Galicia, con Secciones de Baile Deportivo en Clubes de otras modalidades Deportivas.
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Andalucia, sin aceptación por parte de las Instituciones de que se crearan Clubes Deportivos.
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Canarias, sin aceptación por parte de las Instituciones de que se crearan Clubes Deportivos.
Con estos determinantes, solo podíamos acceder a la creación de la Agrupación Deportiva. Además desde el propio CSD se nos indica que a efectos deportivos y económicos no existe diferencia entre Federación y Agrupación, e incluso que dado que solo existe otra Agrupación (Futbol Americano), podríamos obtener más beneficios sobre todo en el acceso a ayudas económicas.
Con el ánimo de no retrasar el proceso de creación de la Agrupación, se constituye esta ante Notario en Barcelona con catorce Clubes de la UCBEC, un Grup de la ABDCV y el recién constituido Club de Castilla La Mancha.
Además se inicia un proceso también ante Notario en Valencia y Madrid para incorporar el resto de Clubes y Grups que han mostrado su interés a la AEBD.
Tras la presentación de dicha constitución ante el CSD, y su estudio por el Gabinete Jurídico se nos indican una serie de aspectos sobre los que hemos de aportar más información. Algunos ya recogidos en todo el proceso de aceptación como modalidad Deportiva, pero otros han generado un proceso de negociación con el CSD que necesita de tiempo y voluntad desde el mismo CSDS para facilitar su solución.
Un escollo importante ha sido la exigencia siguiente:
CAPÍTULO II.CONSTITUCIÓN DE LAS FEDERACIONES DEPORTIVAS ESPAÑOLAS
SECCIÓN I. CREACIÓN Y CONSTITUCIÓN.
Artículo 8.
2. La creación y constitución de una Federación deportiva española requerirá que los promotores constituidos en junta gestora presenten la siguiente documentación
a. Documentación acreditativa de que se cuenta con el apoyo de, al menos, el 50 % de los clubes de tal modalidad, inscritos en los correspondientes Registros deportivos autonómicos. A estos efectos sólo se computarán los clubes inscritos en las Federaciones de ámbito autonómico que manifiesten, por cualquier medio válido admitido en derecho, su voluntad de integrarse, para el caso de que se constituya la Federación deportiva española de que se trate.
Los Registros Deportivos Autonómicos no dan de baja a los Clubes, de forma que nos podríamos encontrar que de la totalidad de Clubes inscritos en este Registro hubieran algunos que no se dedicaban al Baile Deportivo o no estuvieran activos en la actualidad.
Este apartado esta aceptado en la actualidad por el propio CSD y nos encontramos frente a la última petición:
CAPÍTULO II.CONSTITUCIÓN DE LAS FEDERACIONES DEPORTIVAS ESPAÑOLAS
SECCIÓN I. CREACIÓN Y CONSTITUCIÓN.
Artículo 8.
Para ello se aportará certificado del club o asociación deportiva en el que se haga constar que la Asamblea general del club autoriza a su Presidente para fomar parte de la junta gestora de la Federación Deportiva española de la modalidad que se pretende crear.
Inicialmente se nos indicó que este requisito no era necesario al firmar los Presidentes de los Clubes ante Notario la constitución de la AEBD. En la actualidad se ha conformado con el CSD el documento que se trasladará a los Clubes firmantes en la primera ocasión para que sea firmado por el Presidente y el Secretario. Se esta negociando con el CSD la no necesidad de acudir de nuevo ante Notario para dar fe de esta Adhesión.
Tenemos el compromiso del CSD de que en cuanto este requisito este formalizado, se trataría el tema en el siguiente Comité de Dirección y se aprobará la constitución de la Agrupación Española de Baile Deportivo.
Durante todo este tiempo otros Clubes se han ido incorporando de forma que en la actualidad se encuentran en proceso de incorporación 2 Clubes en Castilla La Mancha, 1 Club en Canarias, 1 Club en Cataluña, 18 Clubes en Valencia y 5 Clubes en Andalucia.
Espero que en breve podamos anunciar la constitución y aceptación por parte del CSD de la Agrupación Española de Baile Deportivo.